Chilpancingo, Gro.
11 de abril de 2023
Trazos noticias
Congreso
Para establecer un mecanismo de designación de las y los magistrados del Poder Judicial que garantice la imparcialidad, pero sobre todo la profesionalización y conocimientos de las personas propuestas para desempeƱar los cargos, el diputado Bernardo Ortega JimĆ©nez propuso reformas a la Constitución PolĆtica del Estado de Guerrero.
En su propuesta, el legislador
del Grupo Parlamentario del PRD seƱala que diversos organismos internacionales
como la ONU, la OEA y la Corte Interamericana han emitido una serie de
principios y recomendaciones para el debido funcionamiento de jueces, juezas,
fiscales, defensoras y defensores pĆŗblicos, y que una de las garantĆas
principales a las que hacen referencia es la de independencia.
Abundó que, para asegurar el
cumplimiento de este principio, los operadores judiciales deben contar con los
conocimientos y la preparación profesional necesaria que les permita desarrollar
sus labores como intƩrpretes y aplicadores del derecho, buscando en todo
momento que se imparta justicia a quien asĆ lo solicite.
Refirió que en México las
magistradas y magistrados son, en la mayorĆa de los casos, designados por el
Consejo de la Judicatura Estatal a propuesta del Poder Ejecutivo, y ratificados
por el Congreso del Estado, situación que “los vincula al Poder Ejecutivo y
también determina, en los hechos, la designación de quien preside el Tribunal
Superior de Justicia, lo que puede afectar seriamente la independencia y
autonomĆa de los órganos impartidores de justicia a nivel local”.
Ortega Jiménez explicó,
asimismo, que en MƩxico los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación son designados por la CÔmara de Senadores mediante una terna enviada por
el Poder Ejecutivo. En ese sentido, el legislador propone, entre otras cosas,
que el gobernador remita una terna al Congreso local tres meses antes de que
fenezca el nombramiento de la persona que ostente una magistratura en el Poder
Judicial, para que comparezcan en un tĆ©rmino de 45 dĆas naturales, tras lo cual
serƔn designados con el voto de las dos terceras partes del total de
integrantes de la legislatura.
El documento fue turnado a la
Comisión de Estudios Constitucionales y JurĆdicos para su respectivo anĆ”lisis y
dictaminación.