Chilpancingo, Gro.
05 diciembre 2018
Trazos noticias
Congreso
La Comisión de Justicia
analiza una iniciativa de reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Guerrero, para establecer que a los aspirantes a
diputados o integrantes de un ayuntamiento no se les exija la separación del
cargo en caso de que deseen reelegirse.
Esto, de acuerdo a una
iniciativa que propuso el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución
DemocrÔtica, que destacó que es necesario actualizar las normas electorales
para puntualizar que no es necesaria la separación para quienes aspiren a una
elección consecutiva por el mismo cargo.
En la exposición de motivos,
el Grupo Parlamentario refiere que uno de los temas relevantes que acontecieron
en la reforma constitucional y legal del 2014 fue el relativo a la reelección
de ayuntamientos y diputados, los primeros sólo por un periodo y los segundos
hasta por cuatro periodos.
Y es que seƱalan que para
aprobar lo anterior, se planteó la necesidad de que los representantes
populares pudieran contender en el perĆodo inmediato para dar continuidad a las
tareas del mandato ejercido, ya que un solo periodo resulta insuficiente en
muchas ocasiones para cumplir los objetivos y metas planteadas.
AdemƔs, plantean que con la
reelección se busca legitimar la aceptación de los ciudadanos hacia un
representante popular; primeramente, tiene que ser evaluado en el ejercicio del
cargo, a fin de que sea el votante quien decida en las urnas si la persona
permanece en el cargo, ya sea un miembro del ayuntamiento o diputado al
Congreso del Estado.
Por eso el Grupo Parlamentario
del Partido de la Revolución DemocrÔtica considera de suma importancia la
actualización de las normas electorales del estado, para puntualizar con toda
precisión la no exigencia de separación del cargo para quienes ejerciendo el
cargo de integrantes de un ayuntamiento o siendo diputados del Congreso del
Estado, aspiren a una elección consecutiva por el mismo puesto.
Con esta reforma quedarĆa
puntualmente establecido que cuando un diputado o integrante de ayuntamiento
desee participar para una elección consecutiva, la autoridad electoral no podrÔ
exigirle la separación del cargo.