Chilpancingo, Gro.
15 octubre 2018
Trazos noticias
Congreso
La
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió la Acción de
Inconstitucionalidad promovida por diputados locales de Morena, para
contravenir el artículo 14 de la Constitución Política del Estado de Guerrero,
relacionado con los derechos indígenas.
La
petición de 22 legisladores de Morena, fue interpuesta el pasado 21 de
septiembre en busca de que se declare la invalidez del decreto 756, por el que
se reformó el artículo 14 de la Constitución Política del Estado de Guerrero en
Materia de Derechos y Cultura Indígena, aprobado por los diputados de la 61
Legislatura local en las últimas horas de su gestión.
El
acuerdo por el que se admite la Acción de Inconstitucionalidad fue dictado el
pasado 9 de octubre, con fundamento en el artículo 105, fracción II, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que le permite a la SCJN
conocer y resolver “acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto
plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta
Constitución”.
Los
poderes Legislativo y Ejecutivo del estado de Guerrero deberán rendir un
informe dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día en que surtió
efecto el acuerdo de la SCJN.
Tal
informe solicitado por el Alto Tribunal al Poder Legislativo deberá incluir los
antecedentes legislativos de la norma general impugnada, incluyendo las
iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de
las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que conste la votación de los
integrantes de ese órgano legislativo y los diarios de los debates.
Mientras
que el Poder Ejecutivo deberá además exhibir un ejemplar original del Periódico
Oficial del Gobierno del Estado, del 21 de agosto del 2018, en el que se haya
aprobado la norma general cuya invalidez se reclama.
Al
respecto el coordinador de los diputados de Morena, Pablo Amílcar Sandoval
Ballesteros, manifestó que la reforma al artículo 14 vulnera el principio de
progresividad de los derechos humanos consagrado en el artículo Primero de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al disminuir
injustificadamente los derechos humanos ya reconocidos o adquiridos por las
personas.
Por
ello, reiteró que la fracción parlamentaria de Morena confía en ganar el
recurso promovido ante la SCJN, en virtud de que, el reconocimiento
constitucional de las policías comunitarias están respaldadas con el sustento
jurídico que ofrecen los instrumentos internacionales en materia de derechos
humanos de las comunidades indígenas, particularmente, la Declaración de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio
número 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas
y Tribales.